Noticias penitenciarias

CUERPO DE AYUDANTES Y ENFERMEROS DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS

academiadeprisiones.es
Cuerpo de ayudantes y enfermeros de IIPP

Somos un grupo de personas de diferentes ámbitos, que nos hemos propuesto
crear una academia que ayude al opositor a conseguir su objetivo de ser funcionario,
tanto del cuerpo de ayudantes, como del de enfermeros.
Nuestra academia de funcionarios de prisiones tiene el propósito diario de seguir
siendo la mejor academia de oposiciones de prisiones para nuestros alumnos. Y
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Con nosotros no solo conseguirás aprobar, también aprenderás a estudiar con un
método fácil y eficaz. ¡Pruebalo!
Por lo tanto,trabajamos para que consigamos todos juntos nuestra meta.
VENTAJAS DE LA ACADEMIA DE FUNCIONARIOS DE PRISIONES
Nuestro sistema facilita la preparación de la oposiciones de instituciones penitenciarias.
Tanto en tiempo como en esfuerzo y resultados. Ello aporta un ahorro económico,
y más si sumamos que nuestros temarios, test y supuestos son
gratuitos. Si GRATIS. La matricula también es gratuita.
Gracias a la tecnología podemos estar practicamente 24 horas al dia y 7 dias a la
semana a vuestro servicio, y esto implica poder ayudaros en las dudas, en la parte
psicológica y motivacional, en el temario, en los test etc.
CLASES ON-LINE / DIFERIDO (4 horas semanales)
Nuestro programa de clases virtuales (on-line) aplica las últimas tecnologías para
que los alumnos no tengan que desplazarse todas las semanas a clase. Son clases
en directo y no grabadas, en las que puedes participar, por voz , video o chat.
Los mejores medios tecnológicos permiten al opositor obtener los mejores resultados.
Finalizada la clase, ésta se compila y se convierte en un video que puedes ver en
tu casa las veces que desees.
El alumno que opta por un programa de educación on-line, tiene los siguientes beneficios:
– Un temario excepcional, actualizado hasta el último detalle.
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Podrás ver las clases tantas veces como quieras.
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CLASES PRESENCIALES (8 horas semanales.Programa 4+4)
Disponemos de cursos INTENSIVOS y cursos ANUALES. Todos ellos tiene por
objeto:
– Preparar y reforzar las áreas de conocimiento en las que el alumno no es fuerte.
– Preparar a los alumnos para los examenes con simulacros.
– Poner a tu disposición un tutor.
– Realizar un seguimiento semanal continuado con tutorias y un profesorado a la
medida del alumnos
– Adaptarse al alumno.
– Compartir con otros compañeros inquietudes y dudas.
– Utilizar las nuevas tecnologias (TIC), al servicio de los alumnos, rompiendo barreras
temporales y fisicas.
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pagina 3 academia E1 Burgos iipp_def_7N Clasificados y Noticias

CENTROS PENITENCIARIOS DE ESPAÑA

CENTROS PENITENCIARIOS DE ESPAÑA

pagina 06 CCAA E1 Burgos iipp_def_7N Clasificados y Noticias

ANDALUCIA:
Centro Penitenciario de Alcalá de Guadaira (Sevilla Mujeres)
Centro Penitenciario de Algeciras (Botafuego)
Centro Penitenciario de Almería (Acebuche)
Centro Penitenciario de Córdoba
Centro Penitenciario de Granada (Albolote)
Centro Penitenciario de Huelva
Centro Penitenciario de Jaén
Centro Penitenciario de Málaga
Centro Penitenciario de Sevilla
Centro Penitenciario de Sevilla 2 – Morón de la Frontera
Centro Penitenciario Psiquiátrico de Sevilla
Centro Penitenciario Puerto I
Centro Penitenciario Puerto II
Centro Penitenciario Puerto III
ARAGÓN :
Centro Penitenciario de Daroca
Centro Penitenciario de Teruel
Centro Penitenciario de Zaragoza – Zuera
ASTURIAS:
Centro Penitenciario de Villabona
CANTABRIA :
Centro Penitenciario El Dueso
CASTILLA LA-MANCHA:
Centro Penitenciario de Albacete
Centro Penitenciario de Alcazar de San Juan
Centro Penitenciario de Cuenca
Centro Penitenciario de Herrera de la Mancha
Centro Penitenciario de Ocaña I
Centro Penitenciario de Ocaña II
CASTILLA LEÓN:
Centro Penitenciario de Ávila (Brieva)
Centro Penitenciario de Burgos
Centro Penitenciario de Dueñas – La Moraleja
Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas
Centro Penitenciario de Segovia
Centro Penitenciario de Soria
Centro Penitenciario de Topas
Centro Penitenciario de Valladolid
CEUTA:
Centro Penitenciario de Ceuta
Nuevo Centro Penitenciario de Ceuta 2
EXTREMADURA:
Centro Penitenciario de Badajoz
Centro Penitenciario de Cáceres
GALICIA:
Centro Penitenciario de A Lama
Centro Penitenciario de Bonxe (Lugo)
Centro Penitenciario de Monterroso
Centro Penitenciario de Pereiro de Aguiar
Centro Penitenciario de Teixeiro
BALEARES:
Centro Penitenciario de Ibiza
Centro Penitenciario de Maó (Menorca)
Centro Penitenciario de Palma de Mallorca
ISLAS CANARIAS:
Centro Penitenciario de Arrecife
Centro Penitenciario de La Palma
Centro Penitenciario de Las Palmas
Centro Penitenciario de Las Palmas II
Centro Penitenciario de Tenerife II
LA RIOJA:
Centro Penitenciario de Logroño
MADRID:
Centro Penitenciario Madrid I – Alcalá mujeres
Centro Penitenciario Madrid II
Centro Penitenciario Madrid III- Valdemoro
Centro Penitenciario Madrid IV- Navalcarnero
Centro Penitenciario Madrid V- Soto del Real
Centro Penitenciario Madrid VI – Aranjuez
Centro Penitenciario Madrid VII
Servicios Centrales de la SGIIPP
MELILLA:
Centro Penitenciario de Melilla
MURCIA:
Centro Penitenciario de Murcia
Centro Penitenciario de Murcia II
NAVARRA:
Centro Penitenciario de Pamplona I
PAÍS VASCO:
Centro Penitenciario de Áraba/Álava
Centro Penitenciario de Bilbao – Basauri
Centro Penitenciario de San Sebastián
VALENCIA:
Centro Penitenciario de Albocasser- Castellón
Centro Penitenciario de Alicante Cumplimiento
Centro Penitenciario de Alicante II – Villena
Centro Penitenciario de Alicante Psiquiátrico
Centro Penitenciario de Castellón
Centro Penitenciario de Valencia – Picassent
CATALUÑA:
Los centros penitenciarios de Cataluña no están incluidos, por
tener dicha CCAA las competencias en dicha materia.

TEST DE AYUDANTES DE PRISIONES

1.No es una obligación del funcionario de servicio en ingresos y salidas:
a) Entregar a los ingresos la cartilla de información general.
b) Recoger y custodiar en el departamento, durante el tiempo de permanencia del interno
en el centro las ropas, y objetos cuya posesión no esté autorizada a los internos.
c) Efectuar el registro personal de los internos que salgan del establecimiento.
d) Retirar a los ingresados las ropas que no estén convenientemente limpias entregándolos
las que facilite la administración.
2. ¿Qué recursos no tienen efectos devolutivos?
a) Reforma y súplica.
b) Reforma, apelación y súplica.
c) Súplica y casación.
d) Reforma , apelación y queja.
3. Los medios coercitivos estarán depositados:
a) En los distintos departamentos, según sus características, y su cuantía y estado se
reflejará en libro oficial.
b) En el armario de seguridad, custodiado por el Sub. de Seguridad.
c) En el lugar o lugares que el Director entienda idóneos.
d) En jefatura de servicios junto al libro oficial.
4.El procedimiento de aprendizaje cuando la respuesta del sujeto va seguida de
un resultado aversivo, se denomina:
a) Castigo positivo
b) Castigo negativo
c) Evitación
d) Aprendizaje colaborativo
5.En el proceso de observación de conducta de los internos por el funcionario
de vigilancia, ¿cómo puede minimizarse el sesgo de reactividad?
a) Mediante el uso de sistemas de registro técnicos, como el circuito cerrado de televisión.
b) Sustituyendo la observación por autoobservación.
c) Eliminando la observación.
d) Instruyendo al observador sobre los objetivos de la observación.
6. No corresponde al gobierno:
a) Proponer al rey la convocatoria de un referéndum consultivo, previa autorización
del Congreso de los Diputados.
b) Dirigir la política de defensa.
c) Interponer el recurso de insconstitucionalidad.
d) Declarar los estados de alarma y excepción.
7. Según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
¿Que personal no puede formar parte de los órganos de selección?
a) El personal de elección o de designación política.
b) Los funcionarios interinos.
c) El personal eventual.
d) Ninguno de los anteriores.
8. La excedencia de los funcionarios de carrera podrá adoptar las siguientes modalidades:
a) Excedencia voluntaria por interés particular, por agrupación familiar, excedencia
por cuidado de familiares, por razón de violencia de género y por razón de violencia
terrorista.
b) Excedencia voluntaria por cuidado de familiares, por razón de violencia de doméstica
y de género y por razón de violencia terrorista.
c) Excedencia voluntaria por interés particular, por agrupación familiar, excedencia por
cuidado de hijos, por razón de violencia de género y por razón de violencia terrorista
e) ninguna de las anteriores.
9. Según la Disposición adicional decimosexta del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre cada administración pública podrá establecer
a) A las funcionarias en estado de gestación, un permiso retribuido, a partir del día primero
de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.
b) Establecerá a las funcionarias en estado de gestación, un permiso retribuido, a partir
del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.
c) En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de
la semana 35 de embarazo, hasta la fecha de parto.
d) La a y la c son correctas.
10. Según la ley 45/2015, de 14 de octubre , del voluntariado, será de aplicación
a los voluntarios, destinatarios y entidades de voluntariado que participen, se beneficien
o lleven a cabo programas de voluntariado
a) De ámbito estatal o supraautonómico, ya se desarrollen dentro o fuera de España
b) De ámbito estatal o autonómico, ya se desarrollen dentro o fuera de España.
c) Solo ámbito autonómico.
d) Solo ámbito estatal.
11. Comete delito de coacciones el que:
a) Aun estando legítimamente autorizado impidiere a otro con violencia hacer lo que
la ley no prohíbe, sea justo o injusto.
b) Sin estar legítimamente autorizado, impidiere a oro con violencia hacer lo que la ley
no prohíbe, sea justo o injusto.
c) Estando legítimamente autorizado, compeliere a otro a efectuar lo que no quiere ,
sea justo o injusto.
d)Impidiere a otro con violencia a realizar un acto ilegal, sea justo o injusto
12. Es calumnia
a) La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad, aunque no se
propague con publicidad.
b) La acción o expresión que lesiona la dignidad de otra persona.
c) La imputación de una falta con conocimiento de su falsedad.
d) La imputación de un delito con temerario desprecio hacia la vedad, únicamente si
se propagare con publicidad.
SOLUCIONES:

pagina 02 TEST AYUDA E1 Burgos iipp_def_7N Clasificados y Noticias

Centro Penitenciario Madrid III, Valdemoro

Centro Penitenciario Madrid III, Valdemoro (Madrid)

Año de construcción

1992

Localización

Valdemoro (Madrid)

Dirección

Ctra. Pinto-San Martín de la Vega, km. 4,5, 28340

Teléfono

91 894 80 00

Cita previa

91 335 60 99

Comunicaciones

91 894 81 13

Fax

91 894 81 00

91 692 40 60

Superficie construida:

67.254,00 m2

Superficie de parcela:

374.824,00 m2

Celdas:

585

Celdas complementarias:

373

 

transporte

si

Distancia

A 40 kms de Madrid, 13 kms de Valdemoro y 7 kms a Pinto

Horario v-1

M/T, M/T, N

Horario v-2

M/T, M/T

Centro Penitenciario Madrid I, Mujeres.

Centro Penitenciario Madrid I, Mujeres. Alcalá de Henares (Madrid)

Año de construcción

1978

Localización

Alcalá de Henares (Madrid)

Dirección

Ctra. Alcalá-Meco, Km. 4,5, 28803

Teléfono

91 880 40 11

91 880 77 11

91 880 77 99

Cita previa

91 335 60 99

Comunicaciones

91 883 71 71

Fax

91 880 79 65

Superficie construida:

62.478,00 m2

Superficie de parcela:

231.581,00 m2

Celdas:

385

Celdas complementarias:

38

Kilómetros a la ciudad a 4,5 kms de Alcalá de Henares.
Kilómetros a la ciudad a 54 kms de Madrid.
Pabellones SI.
Ruta autobús Madrid, Alcalá y Guadalajara..
Horario v-1      M/T, M/T, N
Horario V-2             M/T, M/T

 

Oposiciones penitenciarias Badajoz

Prepárate las oposiciones de instituciones penitenciarias en BADAJOZ.

¿A QUÉ ESPERAS PARA APROBAR LAS OPOSICIONES PENITENCIARIAS?

  • CUERPO DE AYUDANTES DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
  • CUERPO TÉCNICOS DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
  • CUERPO DE ENFERMEROS DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS
  • CUERPO ESPECIAL DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS

Si quieres estudiar las oposiciones para instituciones penitenciarias, sin duda, Academia ForLideR es tu sitio.

Te proporcionamos la mejor formación on-line y presencial  para que consigas tu meta y serás funcionario de prisiones.

Por algo somos especialistas penitenciarios. 





    Centro Penitenciario Badajoz (Extremadura)

    Año de construcción

    1983

    Localización

    Badajoz (Badajoz)

    Dirección

    Carretera de Olivenza, km. 7.3, 06001

    Teléfono

    924 28 91 00

    Comunicaciones

    924 28 91 16

    Fax

    924 28 91 07

    924 28 91 13

    Cita previa

    91 335 60 99

    Servicio Gestión de Penas y Medidas Alternativas

    Sgpma.Badajoz@dgip.mir.es

    Superficie construida:

    89252 m2

    Superficie de parcela:

    117680 m2

    Celdas:

    497

    Celdas complementarias:

    79

    Ocupación media real 670-700
    Kilómetros a la ciudad a 9 kms de Badajoz
    Transporte personal  si
    Pabellones personal Si
    Horarios V-1 M/T, M/T, N
    Horarios V-2 M/T, M/T

    Prisiones de Castilla y León

    Centro de Inserción Social (CIS)

    • Centro de Inserción Social «Dorado Montero», Salamanca (Castilla León)
    Año de construcción

    2004

    Localización

    Salamanca (Salamanca)

    Dirección

    Polígono Industrial «El Montalvo II», 37080

    Teléfono

    923 19 42 64

    Fax

    923 19 14 59

    Servicio Gestión de Penas y Medidas Alternativas

    Sgpma.Salamanca@dgip.mir.es

    Superficie construida:

    2.587,00 m2

    Superficie de parcela:

    3.595,00 m2

    Celdas:

    37

    • Centro de Inserción Social de Burgos (Castilla León)
    Localización

    Burgos (Burgos)

    Dirección

    Avda. Costa Rica, s/n, 09001

    Localización

    Burgos (Burgos)

    Dirección

    Avda. Costa Rica, s/n 09001

    Teléfono

    947 460 480

    Fax

    947 461 068

    • Centro de Inserción Social «Máximo Casado Carrera», Valladolid (Castilla León)
    Año de construcción

    2011

    Localización

    Valladolid (Valladolid)

    Dirección

    Cañada Real de Burgos, nº 7, 47010

    Teléfono

    983 32 08 70

    Fax

    986 32 08 80

    Servicio Gestión de Penas y Medidas Alternativas
    Superficie construida:

    4.690 m2

    Celdas:

    99 (dobles) 2 (movilidad reducida)

    • Centro de Inserción Social «Manuel García Pelayo», Zamora (Castilla León)
    Año de construcción

    2003

    Localización

    Zamora (Zamora)

    Dirección

    Carretera de Almaraz de Duero, km. 2, 49026

    Teléfono

    980 55 77 76

    Fax

    980 52 17 94

    Servicio de Gestión Penal Alternativas

    Sgpma.Zamora@dgip.mir

    Superficie construida:

    2.587,00 m2

    Superficie de parcela:

    5.018,00 m2

    Celdas:

    67

    CIS
    Centro de Inserción Social «Jose Anton Oneca», Segovia (Castilla León)
    Año de construcción

    2008

    Localización

    Segovia (Segovia)

    Dirección

    Ctra. Nacional 110, km. 196. Camino de Perogordo, 40154

    Teléfono

    921 48 40 17

    921 48 40 18

    Fax

    921 48 40 31

    Servicio Gestión de Penas y Medidas Alternativas

    Sgpma.Segovia@dgip.mir.es

    Superficie construida:

    2.372,00 m2

    Superficie de parcela:

    6.297,00 m2

    Celdas:

    50

    Celdas complementarias:

    3

    • Centro de Inserción Social «Jesús Haddad Blanco», León (Castilla León)
    Año de construcción

    2005

    Localización

    León (León)

    Dirección

    Paseo del Parque, 10, 24005

    Teléfono

    987 34 44 60

    Fax

    987 26 33 40

    Servicio Gestión de Penas y Medidas Alternativas

    Sgpma.Leon@dgip.mir.es

    Superficie construida:

    3.317,00 m2

    Superficie de parcela:

    2.300,00 m2

    Celdas:

    135

    Centro Penitenciario (CP)
    Centro Penitenciario de Ávila (Brieva)
    Centro Penitenciario de Burgos
    Centro Penitenciario de Dueñas – La Moraleja
    Centro Penitenciario de Mansilla de las Mulas
    Centro Penitenciario de Segovia
    Centro Penitenciario de Soria
    Centro Penitenciario de Topas
    Centro Penitenciario de Valladolid
    oposiciones de prisiones

    Proceso de selección de la oposiciones de ayudantes de prisiones

    Desarrollo de los ejercicios oposiciones de prisiones

    Se ajustará en todos sus puntos a lo establecido en el apartado décimo quinto de la orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, y por lo establecido en las correspondientes bases de la convocatoria.

    Proceso de selección y valoración oposiciones prisiones

    Fase de Oposición. Consta de tres ejercicios, todos ellos eliminatorios, curso selectivo y período de prácticas.

    • Primer ejercicio para las oposiciones a prisiones:Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 150 preguntas con cuatro respuestas múltiples, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor, pudiendo preverse tres preguntas adicionales de reserva, que serán valoradas en el caso de que se anule alguna de las 150 preguntas anteriores. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación.
      La duración del mismo será de dos horas y quince minutos. Este primer ejercicio se desarrollará en Madrid.
      Este ejercicio se calificará con una puntuación de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para acceder al ejercicio siguiente.
      Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.
      De conformidad con lo previsto en el artículo 3.8 del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo publico para el año 2015, el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este primer ejercicio en el plazo máximo de 48 horas a contar desde su finalización.
    • Segundo ejercicio (supuestos penitenciarios):
      Consistirá en resolver por escrito sobre 10 supuestos de carácter práctico, 5 preguntas de cuatro respuestas múltiples por cada supuesto, que versará sobre el contenido completo del programa, siendo una sola la correcta, teniendo todas ellas el mismo valor. Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación.
      La duración máxima será de una hora y cuarenta minutos. Este segundo ejercicio se desarrollará en Madrid.
      La calificación de este ejercicio será de 0 a 20 puntos. Los aspirantes deberán obtener un mínimo de 10 puntos para superarlo.
      Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar con anterioridad a la realización del ejercicio los criterios de valoración, corrección y superación del mismo que no estén expresamente establecidos en esta convocatoria.
      De conformidad con lo previsto en el artículo 3.8 del Real Decreto 196/2015, de 22 de marzo por el que se aprueba la oferta de empleo publico para el año 2015,  el Tribunal hará pública la plantilla correctora correspondiente a este segundo ejercicio en el plazo máximo de 48 horas a contar desde su finalización.
      ·    La calificación de la fase de oposición a prisiones: En ambos ejercicios de la fase de oposición, la calificación de los aspirantes resultará de las puntuaciones transformadas que se deriven de los criterios adoptados por el órgano de selección en relación con la presente convocatoria. Vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
      En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
      1.- Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
      2.- Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
      3.- Mayor número de aciertos obtenidos en el segundo ejercicio.
      4.- Mayor número de aciertos obtenidos en el primer ejercicio.
      Si aplicados estos cuatro criterios, continuara el empate, el Tribunal adoptará las medidas oportunas, que se harán públicas en su momento, para dirimirlos.
      Pasarán a la siguiente prueba únicamente aquellos aspirantes que hubieran obtenido mejor puntuación, hasta el número de plazas convocadas.
    • Tercer ejercicio:Prueba de aptitud médica: Estará dirigida a comprobar que no se aprecia en los aspirantes ninguna de las causas de exclusión médica que se detallan en el Anexo V de esta convocatoria.Las pruebas médicas establecidas se realizarán bajo la supervisión del personal facultativo de la Administración del Estado que el tribunal designe y se realizarán en las dependencias que se indiquen con la publicación de los resultados del segundo ejercicio.La prueba de aptitud médica se realizará en cuantas sesiones sean precisas.La prueba de aptitud médica será calificada de «Apto» o «No Apto», siendo necesario obtener la calificación de «Apto» para poder superar esta prueba y la oposición.

      Si el número de declarados «Aptos» en esta prueba fuera inferior al número de plazas convocadas, el Tribunal podrá citar para la realización de la misma, el número de aspirantes necesarios, de los que hayan superado los dos primeros ejercicios, según elorden de puntuación obtenido.

      A los efectos de favorecer la mecánica del proceso selectivo, el Tribunal podrá disponer que determinadas pruebas o parte de las mismas se realicen en la misma fecha.

    • Curso Selectivo y Periodo de Prácticas de ayudantes de prisiones
      Los aspirantes que superen la fase de oposición deberán participar en un curso selectivo de formación que, mediante Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, establecerá el calendario, el programa en el que se incluirá un módulo en materia de igualdad entre mujeres y hombres, y otro en materia de violencia de género, así como las normas internas que regulen el curso selectivo, no superior a tres meses.
       El curso selectivo se calificará como “Apto” o “No Apto”. Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho al nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada del Secretario General de Instituciones Penitenciarias, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
           Las sesiones lectivas programadas tienen carácter obligatorio, y para obtener la calificación de «Apto» será requisito imprescindible que el alumno haya realizado al menos el 80 % de las jornadas lectivas del curso selectivo, requisito sin el cual no podrá comparecer al examen.
           Los aspirantes que superen el curso selectivo serán nombrados para realizar un Periodo de Prácticas con funciones propias del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias en Centros Penitenciarios. Durante el tiempo de duración de esta fase de prácticas los aspirantes compaginarán el desempeño de las funciones con la formación teórica. Durante el periodo de éstas prácticas evaluables, se realizará el seguimiento necesario de la actuación de  los aspirantes para constatar las aptitudes y actitudes personales  respecto al ejercicio de sus funciones, estableciéndose para ello los controles necesarios para su evaluación. Si durante el desarrollo de este período alguno de los funcionarios en prácticas, pusiese de manifiesto, de manera grave y ostensible su incapacidad para desempeñar la función para la que ha sido seleccionado, la Administración Penitenciaria podrá, mediante resolución motivada, dar de baja al aspirante en dicho periodo, aún cuando el período no hubiese finalizado.
           Este periodo será evaluable y calificado de “Apto” o “No Apto”, será requisito imprescindible, además de ser informado como “Apto” por el órgano encargado del seguimiento  en el Centro Penitenciario y así asumido  por  el órgano encargado de la evaluación final, el haber realizado  el 75 % del periodo de practicas en Centros Penitenciarios.
      La duración total de ambos periodos tendrá una duración máxima de dieciocho meses.
           Por Resolución del Secretario General de Instituciones Penitenciarias se fijará el órgano encargado de realizar la evaluación de ambos periodos, así como el programa y las materias objeto de evaluación.
           Los aspirantes, una vez finalizados y superados  ambos periodos, permanecerán en los Centros Penitenciarios desempeñando todas las funciones inherentes al Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, ostentando la condición de funcionarios en prácticas, hasta la publicación en el Boletín Oficial del Estado, de su nombramiento como funcionarios de carrera.

      Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de los aspirantes que han superado el proceso selectivo.

    Clasificación centros penitenciarios

    Clasificación centros penitenciarios por categoría

    Dependiendo de la categoría así será el sueldo de los funcionarios de prisiones

    CATEGORÍA ESPECIAL: Basauri(Bilbao) , Martutene (San Sebastián), Nanclares de Oca (Álava)

    CATEGORÍA 1.1 INSULAR: Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca y Santa Cruz de Tenerife.

    CATEGORÍA 1.1 NO INSULAR:A Lama (Pontevedra), Albolote (Granada) Algeciras, Alicante Cumplimiento, Alicante II (Villena), Almería, Castellón II (albocaser), Córdoba, Curtis-teixeiero (A Coruña) , Dueñas (Palencia), Huelva, Madrid II (Meco), Madrid III (Valdemoro) , Madrid V (Soto del REal), Madrid VI (Aranjuez, Madrid VII (Estremera), Málaga, Mansilla de las Mulas (León), Puerto I (Cadiz, Puerto II (Cádiz), Puerto III Cádiz, Sevilla, Sevilla II ,Topas (Salamanca, Valencia, Villabona (Asturias y Zuera (Zaragoza)

    CATEGORÍA 1: Badajoz, Burgos, Castellón, Daroca (Zaragoza), El dueso (Cantabria) , Herrera de la Mancha (Ciudad Real, Jaén, Madrid I mujeres, Murcia y Valladolid.

    CATEGORÍA 2 INSULAR: Cis Joaquín Ruiz Jiménez (Mallorca), CIS Mercedes Pinto (Tenerife), Ibiza y STA. Cruz de la Palma, Menorca.

    CATEGORIA 2 NO INSULAR: Albacete, Alcalá de Guadaria (Sevilla), Alcazar de San juan (Ciudad Real), CIS Carmela Arias y Dias de Rabago (A Coruña), CIS David Beltrán Catala (Huelva), CIS eVARISTO mARTÍN NIETO (Malaga) , CIS Guillermo Miranda (Murcia) CIS Luis Jiménez de Asua (Sevilla), CIS Manuel Montesinos (Algeciras) ,CIS Matilde Cantos Fernandez (Granada), CIS Melchor Rodriguez Garcia (Alcalá de Henares ) CIS Victoria kent, Cuenca, Teruel, Valencia CIS Torre Espioca.

     

    CATEGORÍA 2.1: Alicante psiquiátrico, Hospital psiquiátrico de Sevilla, Ocaña I y II, Segovia, Soria.

    CATEGORÍA 2.2 INSULAR: Arrecife, Ceuta y Melilla.

    CATEGORÍA 2.2 NO INSULAR: Avila, Cáceres, Logroño, Lugo-Bonxe, Lugo-Monterroso, y Orense.

    Como puedes ver la Categoría del Centro penitenciario es muy importante para saber el sueldo que tiene un funcionario de prisiones, aunque es muy importante el puesto desempeñado, ya sea de vigilancia, de area mixta o de oficinas.

    Mas información, consultanos, estaremos encantados de ayudarte para que pases de ser un opositor de prisiones a un funcionario de prisiones.