Jefe de Gabinete del Director de Prisiones

Jefe de Gabinete del Director

Jefe de Gabinete del Director de instituciones penitenciarias

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, aunque también pueden ser del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias y por lo tanto también son funcionarios de prisiones . solo hay uno por centro penitenciario

Le corresponde la realización de informes y propuestas en materia de recursos humanos y la coordinación de las tareas de gestión de recursos humanos, todo ello en relación con las tareas burocráticas que se tramitan en la Oficina de Dirección (art. 335 del R.P. 1981).

En la Oficina de Dirección se llevará:

1.º Las fichas y expedientes de cada uno de los funcionarios del establecimiento.

  • En la ficha, además de una fotografía tamaño carné, deberá constar: Nombre y apellidos, estado, Cuerpo, cargo, fecha de nacimiento, fecha de ingreso en el Cuerpo, posesión, cese, número de Registro de Personal y de la Mutualidad de funcionarios de la Administración Civil del Estado, recompensas y correcciones, datos familiares, domicilio y teléfono o dirección donde pueda ser localizado. En el expediente personal se irán anotando, por orden de fechas, cuantas vicisitudes de carácter oficial hagan referencia al funcionario, desde su nombramiento al cese, uniéndose todos los documentos que se reciban e iniciándose con la copia certificada de su título con las diligencias que en el mismo figuren. Todas las notas del expediente llevarán la firma del Director y en caso de traslado, se remitirá al establecimiento de destino, quedando la ficha en el de origen.2.º El fichero de población interna con datos suficientes para atender a una primera información.
  • 3.º El Libro de Servicios, que recogerá de forma precisa todos los del establecimiento y los funcionarios a quienes se les asignan, con expresión del número de orden, Cuerpo, nombre y apellidos, servicio que corresponde y horario. Tendrá un encasillado lo suficientemente amplio para la firma de cada uno y en él se anotarán todas las modificaciones que en el transcurso del día puedan surgir respecto a la distribución de los servicios. Se confeccionará con 24 horas de antelación y será firmado por todos los funcionarios en el momento de hacerse cargo de los servicios o de darse por enterados de los mismos. Tendrá el carácter de orden de Dirección.
  • 4.º Los libros de Registro de comunicaciones orales y, en su caso, telefónicas de los recluidos, con sus familiares y amigos, así como con sus Abogados defensores, Jueces o funcionarios de la Administración de Justicia, Autoridades, representantes de Embajadas o Consulados, ministros de su religión y demás personas autorizadas. En estos libros se consignarán los datos suficientes que permitan la identificación de los comunicantes, el día, la hora y duración de dichas comunicaciones.
  • 5.º Los libros de entrada y salida de correspondencia oficial, en los que se anotarán toda la que se reciba o salga del establecimiento, numerada correlativamente transcribiendo el respectivo número en el documento y estampando en el mismo el sello de entrada o salida. La numeración se renovará en 1 de enero.
  • 6.º Los partes reglamentarios del servicio, las relaciones diarias de encargos, de comunicaciones orales y escritas de los internos con el público o con sus Abogados defensores, así como las órdenes de Dirección, que se archivarán en legajos mensuales por orden de fechas.
  • 7.º Todas aquellas tareas burocráticas que el Director disponga para la mejor marcha de los servicios del establecimiento.

Los documentos que se reciban y deban quedar en la oficina de Dirección sin trámite interior se archivarán por anualidades, habiendo un legajo diferente para cada una de las Autoridades de quienes procedan.

Le corresponde también la realización de las funciones que pueda delegar en él el Director del Centro Penitenciario.

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

Funciones del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias

Funciones del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias 2025

El Cuerpo de  Enfermeros de Instituciones Penitenciarios adquiere la denominación por  Por Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre (BOE de 31 de diciembre)).

Las funciones de los Enfermeros de Prisiones podemos encontrarlas tanto en la Ley Orgánica General Penitenciaria y en el Reglamento Penitenciario de 1981, así como en diferentes instrucciones penitenciarias.. 

La administración dentro de su concepción de Estado social contribuye a garantizar los derechos Sanitarios de los internos.

Los funcionarios del Cuerpo de  Enfermeros de  Instituciones Penitenciarias desempeñaran en los Establecimientos las tareas propias de su profesión a las órdenes inmediatas de los Médicos, estando particularmente obligados a:

  • a) Acompañar al Médico en la visita de enfermería, en la consulta y en el reconocimiento de los ingresos, tomando nota de sus indicaciones para administrar personalmente los inyectables y demás tratamientos que aquél prescriba.
  • b) Realizar las curas que con arreglo a su titulación deba realizar.
  • c) Controlar los medicamentos y material e instrumental clínico-sanitario cuidando de que no se utilicen otros que los prescritos por el Médico.
  • d) Dirigir personalmente las operaciones de desinsectación y desinfección, ateniendose a las indicaciones que reciba del medico.
  • e) Llevar personalmente la documentación administrativa de la Enfermería y concretamente el archivo de historias clínicas, libros de reconocimiento, ficheros y demás que el servicio requiera.
  • f) Acudir inmediatamente cuando sean requeridos por el Director o quien haga sus veces para el ejercicio de sus funciones.

UBICACIÓN de la enfermería en prisiones

Dentro de los establecimientos existirá un local destinado a la Enfermería  , dotado de los medios materiales precisos para cubrir la asistencia medico -general y con capacidad proporcional  al número real de internos.

DOTACIÓN de la enfermería penitenciaria

La enfermería deberá , igualmente , contar con el instrumental necesario parar la asistencia de las especialidades más frecuentes requeridas.

Departamentos de Mujeres: Habrá una  dependencia con instrumental de obstetricia.

Igualmente habrá habitaciones destinadas al aislamiento sanitario .

enfermeria de prisiones medicacion

ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO DE ENFERMERÍA:

¿Quién distribuye el trabajo a realizar?

Dependerá de la estructura del centro, en los centros pequeños suele realizarse por consenso o por el Jefe de los servicios médicos mientras que en los centros tipo existirá un supervisor de enfermería. El trabajo  se suele realizar por módulos. En muchos centros existirán protocolos consensuados de trabajo con los que se consigue una mayor calidad  y sistematización en las pautas de enfermería.

Dentro de las funciones de enfermería como ya sabrás además de las especificas de la profesión, es decir las asistencias  existen otras  como las administrativas y otras específicas del ámbito penitenciario.

En el ámbito del saneamiento:

el enfermero es el que dirige personalmente las operaciones de desinsectación y desinfección, esta función actualmente se realiza bajo supervisión de los enfermeros por parte de empresas  externas; también realizamos funciones de medición de los niveles de cloración de la red de aguas de los establecimiento penitenciarios.

En el ámbito farmacéutico :

se realiza una gran carga de trabajo,  preparando y repartiendo la medicación, y sobre todo en el reparto y preparación de la Metadona.

El tipo de entrega de la medicación varía en cada centro penitenciario y si es festivo o fin de semana del resto de días, así  a veces se realiza una sola entrega para todo el día y en otras ocasiones se dan tres entregas con las diversas dosis. Respecto a la medicación de tratamientos crónicos también varia la forma de entrega siendo diaria, semanal o incluso mensual.

Entre las tareas más habituales que se realizan en los centros penitenciarios se encuentran el reparto de medicación , extracción de sangre y recogida de orina, realización de suturas de poca importancia, extracción de cerumen o pequeñas contusiones.

Pero la tarea quizás más rutinaria es la Consultas de Enfermería, que pueden ser programadas o no.

En el ámbito administrativo :

Dentro de las muchas funciones administrativas y burocráticas nos encontramos con tareas de elaboración de los pedidos de farmacia,si no existe farmacéutico, el registro de las historias clínicas,  o llevar las notas de los internos. Además se acompaña  al médico en la consulta, como viene reglamentariamente descrito, como función del Cuerpo de Enfermeros de Instituciones Penitenciarias.

744-64-64-90

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