Clasificación centros penitenciarios

Clasificación centros penitenciarios por categoría

Dependiendo de la categoría así será el sueldo de los funcionarios de prisiones

CATEGORÍA ESPECIAL: Basauri(Bilbao) , Martutene (San Sebastián), Nanclares de Oca (Álava)

CATEGORÍA 1.1 INSULAR: Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca y Santa Cruz de Tenerife.

CATEGORÍA 1.1 NO INSULAR:A Lama (Pontevedra), Albolote (Granada) Algeciras, Alicante Cumplimiento, Alicante II (Villena), Almería, Castellón II (albocaser), Córdoba, Curtis-teixeiero (A Coruña) , Dueñas (Palencia), Huelva, Madrid II (Meco), Madrid III (Valdemoro) , Madrid V (Soto del REal), Madrid VI (Aranjuez, Madrid VII (Estremera), Málaga, Mansilla de las Mulas (León), Puerto I (Cadiz, Puerto II (Cádiz), Puerto III Cádiz, Sevilla, Sevilla II ,Topas (Salamanca, Valencia, Villabona (Asturias y Zuera (Zaragoza)

CATEGORÍA 1: Badajoz, Burgos, Castellón, Daroca (Zaragoza), El dueso (Cantabria) , Herrera de la Mancha (Ciudad Real, Jaén, Madrid I mujeres, Murcia y Valladolid.

CATEGORÍA 2 INSULAR: Cis Joaquín Ruiz Jiménez (Mallorca), CIS Mercedes Pinto (Tenerife), Ibiza y STA. Cruz de la Palma, Menorca.

CATEGORIA 2 NO INSULAR: Albacete, Alcalá de Guadaria (Sevilla), Alcazar de San juan (Ciudad Real), CIS Carmela Arias y Dias de Rabago (A Coruña), CIS David Beltrán Catala (Huelva), CIS eVARISTO mARTÍN NIETO (Malaga) , CIS Guillermo Miranda (Murcia) CIS Luis Jiménez de Asua (Sevilla), CIS Manuel Montesinos (Algeciras) ,CIS Matilde Cantos Fernandez (Granada), CIS Melchor Rodriguez Garcia (Alcalá de Henares ) CIS Victoria kent, Cuenca, Teruel, Valencia CIS Torre Espioca.

 

CATEGORÍA 2.1: Alicante psiquiátrico, Hospital psiquiátrico de Sevilla, Ocaña I y II, Segovia, Soria.

CATEGORÍA 2.2 INSULAR: Arrecife, Ceuta y Melilla.

CATEGORÍA 2.2 NO INSULAR: Avila, Cáceres, Logroño, Lugo-Bonxe, Lugo-Monterroso, y Orense.

Como puedes ver la Categoría del Centro penitenciario es muy importante para saber el sueldo que tiene un funcionario de prisiones, aunque es muy importante el puesto desempeñado, ya sea de vigilancia, de area mixta o de oficinas.

Mas información, consultanos, estaremos encantados de ayudarte para que pases de ser un opositor de prisiones a un funcionario de prisiones.

Educador de prisiones

Educador de prisiones

Educador de instituciones penitenciarias.

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, aunque también pueden ser del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Tal como establece el art. 296 R.P. de 1981, a los Educadores, en tanto que colaboradores directos e inmediatos de los Equipos Técnicos y de las Juntas de Tratamiento, les corresponde la realización de las tareas complementarias en materia de observación y tratamiento.

Los Educadores, funcionarios de los Cuerpos de Instituciones Penitenciarias con una capacitación específica para tal función, como colaboradores directos e inmediatos de los Equipos de Observación y de Tratamiento, realizarán las tareas complementarias que con respecto a observación y tratamiento se señale en cada caso, especialmente las siguientes:

1.ª Atender al grupo o subgrupo de internos que se les asigne, a quienes deberán conocer lo mejor posible, intentando mantener con ellos una buena relación personal, y a los que ayudarán en sus problemas y dificultades durante su vida de reclusión, intercediendo, presentando o informando ante la Dirección del Establecimiento sus solicitudes o pretensiones.

2.ª Constituir progresivamente la carpeta de información personal sobre cada interno del grupo o subgrupo que tenga atribuido, que se iniciará a partir de una copia del protocolo del mismo, que se les entregará en el primer momento, y que completarán posteriormente día a día con todo tipo de datos que obtenga.

3.ª Practicar la observación directa del comportamiento de los mismos, con arreglo a las técnicas que se determinen, emitiendo los correspondientes informes al Equipo, y en cuantas ocasiones se les soliciten.

4.ª Colaborar con los especialistas miembros del Equipo, cumpliendo las indicaciones y sugerencias de los mismos en orden al acopio de datos de interés para cada uno de ellos y realizando las tareas auxiliares que se les indiquen con respecto a la ejecución de los métodos de tratamiento.

5.ª Asistir a las reuniones periódicas cuyo programa fijará el Subdirector-Jefe del equipo, y despachar con éste y con los especialistas cuantas veces se les requiera.

6.ª Organizar y controlar la ejecución de las actividades deportivas y recreativas de los internos.

7.ª Cumplir cuantas tareas se les encomiende por sus superiores referentes a su cometido.

Le corresponde concretamente la realización de informes y propuestas y la coordinación y realización de programas de intervención.

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

 

 

Jefe de Oficinas de Prisiones

Jefes de Oficinas de prisiones

Jefe de oficinas de instituciones penitenciarias

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Tiene a su cargo las funciones de organización, control y realización de los procedimientos a su cargo. Estos procedimientos son los tramitados en cada una de las oficinas de los Centros Penitenciarios que aparecen reguladas en el artículo 334 del R.P. de 1981.

El servicio de oficinas en los establecimientos comprenderá las siguientes:

1.ª Oficina de Dirección, en la que se tramitará todo lo referente a funcionarios, sus expedientes personales y documentación, comunicación con las Autoridades, órdenes en general y libros de servicio.

2.ª Oficina de Régimen, en la que se formalizará cuanto se refiere a la población interna: Expedientes personales y de libertad condicional, libros, fichas y estadística.

3.ª Oficina de Equipos de Observación y Tratamiento, en la que se formalizarán los informes y protocolos de los internos, así como toda actividad burocrática derivada de los mismos.

4.ª Oficina de Administración, en la que se tramitará la documentación correspondiente a la gestión económica del establecimiento y servicios de habilitación, con sus correspondientes libros de contabilidad, cuentas y documentación necesaria.

5.ª Oficina de Servicio Interior, en la que se redactarán y cursarán los partes reglamentarios al Director y en la que se llevarán los libros y ficheros necesarios para el mejor desempeño del servicio.

6.ª Oficina de Identificación, que formalizará la filiación e identificación dactiloscópica y fotográfica de los internos, y tramitará y archivará la documentación correspondiente.

7.ª Oficina de Servicios Sanitarios, en la que se tramitará la asistencia sanitaria y farmacológica, la formalización de libros, ficheros y demás documentación relacionados con los mismos.

8.ª Oficina de los Servicios de Instrucción y Educación, en la que se tramitará la documentación relacionada con las actividades educativas, culturales, de formación profesional, artísticas y deportivas.

9.ª Oficina de Economato Administrativo, en la que se formalizará la contabilidad y la confección de las actas y balances del mismo.

 

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

 


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