Clasificación centros penitenciarios

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Clasificación centros penitenciarios por categoría

Dependiendo de la categoría así será el sueldo de los funcionarios de prisiones

CATEGORÍA ESPECIAL: Basauri(Bilbao) , Martutene (San Sebastián), Nanclares de Oca (Álava)

CATEGORÍA 1.1 INSULAR: Las Palmas de Gran Canaria, Palma de Mallorca y Santa Cruz de Tenerife.

CATEGORÍA 1.1 NO INSULAR:A Lama (Pontevedra), Albolote (Granada) Algeciras, Alicante Cumplimiento, Alicante II (Villena), Almería, Castellón II (albocaser), Córdoba, Curtis-teixeiero (A Coruña) , Dueñas (Palencia), Huelva, Madrid II (Meco), Madrid III (Valdemoro) , Madrid V (Soto del REal), Madrid VI (Aranjuez, Madrid VII (Estremera), Málaga, Mansilla de las Mulas (León), Puerto I (Cadiz, Puerto II (Cádiz), Puerto III Cádiz, Sevilla, Sevilla II ,Topas (Salamanca, Valencia, Villabona (Asturias y Zuera (Zaragoza)

CATEGORÍA 1: Badajoz, Burgos, Castellón, Daroca (Zaragoza), El dueso (Cantabria) , Herrera de la Mancha (Ciudad Real, Jaén, Madrid I mujeres, Murcia y Valladolid.

CATEGORÍA 2 INSULAR: Cis Joaquín Ruiz Jiménez (Mallorca), CIS Mercedes Pinto (Tenerife), Ibiza y STA. Cruz de la Palma, Menorca.

CATEGORIA 2 NO INSULAR: Albacete, Alcalá de Guadaria (Sevilla), Alcazar de San juan (Ciudad Real), CIS Carmela Arias y Dias de Rabago (A Coruña), CIS David Beltrán Catala (Huelva), CIS eVARISTO mARTÍN NIETO (Malaga) , CIS Guillermo Miranda (Murcia) CIS Luis Jiménez de Asua (Sevilla), CIS Manuel Montesinos (Algeciras) ,CIS Matilde Cantos Fernandez (Granada), CIS Melchor Rodriguez Garcia (Alcalá de Henares ) CIS Victoria kent, Cuenca, Teruel, Valencia CIS Torre Espioca.

 

CATEGORÍA 2.1: Alicante psiquiátrico, Hospital psiquiátrico de Sevilla, Ocaña I y II, Segovia, Soria.

CATEGORÍA 2.2 INSULAR: Arrecife, Ceuta y Melilla.

CATEGORÍA 2.2 NO INSULAR: Avila, Cáceres, Logroño, Lugo-Bonxe, Lugo-Monterroso, y Orense.

Como puedes ver la Categoría del Centro penitenciario es muy importante para saber el sueldo que tiene un funcionario de prisiones, aunque es muy importante el puesto desempeñado, ya sea de vigilancia, de area mixta o de oficinas.

Mas información, consultanos, estaremos encantados de ayudarte para que pases de ser un opositor de prisiones a un funcionario de prisiones.

Funcionario de Oficinas de prisiones

Funcionario de Oficinas de prisiones

Funcionario de oficinas de instituciones penitenciarias.

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Tareas asignadas: recogidas en el Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981, conforme a la Disposición Transitoria 3ª del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1996.

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

Coordinador de Servicio Interior

Coordinador de Servicio Interior

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Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, aunque también pueden ser del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

El contenido funcional de este  puesto de trabajo se establece en la Instrucción 7/2011 RR.HH. de 17 de junio de 2011.

La funcionalidad principal del puesto se refiere

–  coordinación de las actividades internas del centro penitenciario,

coordinación de las tareas y servicios de los funcionarios del area de vigilancia interior:

Y desempeñará las siguientes funciones:

a) Coordinar y controlar los movimientos de los internos conforme a los procedimientos indicados en la normativa interior del establecimiento, determinando los funcionarios que deban controlar los mismos; así como que todas las actividades diarias se encuentran operativas conforme a la programación establecida.
b)  Comprobar personalmente, iniciado el tumo de servicio, que los funcionarios asignados mediante el Libro de Servicios a cada una de las Unidades se han hecho cargo del mismo, proponiendo al Jefe de Servicios, en su caso, la modificación de los asignados.
c)  Autorizar la salida temporal de los funcionarios de servicio de las Unidades donde lo tienen asignado a otras Unidades, determinando, en su caso, su sustitución por otro funcionario e informando al Jefe de Servicios.
d) Apoyar al Jefe de Servicios, realizando o controlando las tareas y actividades que éste le encomiende.
e) Implementar las tareas atribuidas a la Oficina de Servicio Interior.
f)  Participar en los programas específicos que organice la Subdirección de Seguridad.
g) En general, cuantas funciones se deriven de la normativa penitenciaria o le encomienden el Jefe de Servicios y sus superiores jerárquicos, en función de su cargo y en el ámbito de su competencia profesional.

JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO

Los funcionarios que ocupen estos puestos de trabajo realizarán turnos de trabajo de mañana y tarde, organizados durante todos los días de la semana, sin la realización de noches.

En consecuencia realizarán el horario que para los Servicio Interior-2 recoge la i 11/2006, de 12 de junio, reguladora de los horarios que son de aplicación en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitencias.

También les será de aplicación el número de días de compensación de festivos a que tienen derecho en función del horario, de Servicio Interior-2 , que elijan en cada Centro Penitenciario, así como la forma de su disfrute.


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