Puestos de funcionarios de prisiones

¿CÓMO APROBAR LAS OPOSICIONES DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS?

El camino es el binomio Motivación-Constancia , Organización-Preparación .
Pero la recompensa merece la pena: la independencia y felicidad de lograr un
empleo fijo.
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Primer ejercicio oposiciones de enfermero de prisiones

Primer ejercicio oposiciones de enfermero de prisiones 2017

El  primer ejercicio se realizará  el día 31 de enero de 2016, a las 9 horas, en la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicación de la Universidad Politécnica de Madrid, situada en la Avenida Complutense número 30, Ciudad Universitaria, 28040, Madrid.

Todavía no han salido los listados definitivos de admitidos y excluidos.

http://goo.gl/NqhbaX

http://goo.gl/wxVLBd

 

Centro Penitenciario Madrid VII, Estremera

Centro Penitenciario  Estremera Madrid VII,(Madrid)

Año de construcción

2008

Localización

Estremera (Madrid)

Dirección

Ctra. M-241, km 5.750, 28595

Teléfono

91 875 00 00

Cita previa

91 335 60 99

Fax

91 875 00 31

Superficie construida:

91.761,00 m2

Superficie de parcela:

365.730,00 m2

Celdas:

1008

Celdas complementarias:

172

Superficie construida:

91.761,00 m2

Superficie de parcela:

365.730,00 m2

Celdas:

1008

Celdas complementarias:

172

Distancia a Madrid

8o km

Horario

M/T, M/T, N

Centro Penitenciario de Cáceres

Centro Penitenciario Cáceres (Extremadura)

Año de construcción

1981

Localización

Cáceres (Caceres)

Dirección

Arroyo Valhondo, 1, 10004

Teléfono

927 18 11 45

Comunicaciones

927 18 11 56

Fax

927 18 11 50

Cita previa

91 335 60 99

Superficie construida:

21730 m2

Superficie de parcela:

70000 m2

Celdas:

301

Celdas complementarias:

22

Ocupación media real 600
Kilómetros a la ciudad a 11 kms de Cáceres
Horarios V-1 M/T, M/T, N
Horarios V-2 M/T, M/T

HORARIOS FUNCIONARIOS DE PRISIONES

 HORARIO FUNCIONARIOS DE PRISIONES  CENTROS PENITENCIARIOS

Los horarios del servicio de áreas de oficinas, mixta, y tratamiento .

La jornada laboral es de 37 horas y media a la semana y se establece un horario con carácter general de Lunes a Viernes.

Aunque se puede realizar una jornada continua a la semana, para poder librar un día más.

En las oficinas de apoyo al CIS, tendrán  el mismo horario y cubriendo los sábados tanto de Mañana y de Tarde. Por ello se ha incrementado  el complemento específico  de estos puestos. (1º DIA)

24 horas 7 dias a la semana

academia de oposiciones de prisiones

HORARIO PUESTOS SUJETOS A TURNOS(V-1,V-2)

Horario servicio Interior 1:

Realizan jornadas de Mañana , Tarde y Noche, tendrán derecho a 16 jornadas debido a compensación de festivos.Las jornadas de Mañana y Tarde son de 8 horas y la de Noche de 10 horas y 50 minutos.

Las cadencias del Servicio de Vigilancia 1 podrán ser:

Cadencia de 8 días: M/T, (1º DIA) L, (2º DIA) M/T  (3º DIA)N (4º DIA .) L (5º DIA)L(6º DIA) L(7º DIA)L(8º DIA)

Cadencia de 8 días:M/T, (1º DIA) M/T, (2º DIA) N  (3º DIA)  LIBRE (4-5-6-7-8  DIA .)

Cadencia de 8 días:T, (1º DIA) M/T, (2º DIA) M/N  (3º DIA)  LIBRE (4-5-6-7-8  DIA .)

Cadencia de 8 días: T, (1º DIA) T, (2º DIA) M  (3º DIA)  M (4º DIA .)N (5º DIA .)LIBRE (6-7-8  DIA .)

Excepcionalmente  se podrá autorizar por la Subdireción de personal cadencias de 5 dias.

M/T-N-LLL  o también T-M-N-LLL.

M:MAÑANA T:TARDE N:NOCHE L: LIBRE.

HORARIO SEVICIO INTERIOR-2 .

Realizan horarios de turnos de Mañana o tarde de lunes a domingo.Tienen derecho a jornadas de compensación de días festivos según el horario escogido.

Existen tres posible horarios:

Horario 1: T- M- M/T -L -L -L (10 Jornadas de compensación de festivos)

Horario 2: M-M-M-L-L- M/T-M/T-L-L-L (9 Jornadas de compensación de festivos)

Horario 3 M/T-M/T-L-L-L (6 Jornadas de compensación de festivos)

 

 

Jefe de Área Mixta de Instituciones Penitenciarias

Jefe de Área Mixta de Instituciones Penitenciarias

Jefe de Área Mixta de prisiones

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Como funcionario de prisiones se encargará de  la organización y control de los procedimientos a su cargo.

Por tratarse de áreas de intervención en las que coinciden tareas de vigilancia y control de internos, con otras de tipo  administrativo ,burocrático  o de atención al público, la organización , planificación y control deberá estar referida tanto a las tareas de intervención sobre los internos como en relación con los procedimientos burocráticos, administrativos y de atención al público.

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

 

Ayudante de Instituciones Penitenciarias

Los  funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias son un  Cuerpo de funcionarios que pertenece a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (S.G.I.P.), también denominado en otras épocas Centro Directivo,  la cual pertenece al Ministerio de Interior de España, anteriormente en el Ministerior de Justicia.

 

Creación:

El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias se crea mediante Ley 36/1977, de 23 de mayo, disponiendo en su artículo 1, «el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias estará integrado por personal funcionario, garantizando el acceso al mismo en los términos definidos en la Ley Orgánica efectiva de mujeres y hombres».

En principio se dividía en  dos Escalas, la masculina y la femenina, a partir de la L.O. 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres quedan unificadas las dos escalas en una solo.

Zonas de trabajo y funciones de los funcionarios de prisiones :

El Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias  desarrolla sus funciones en tres grandes áreas de trabajo:

1. Vigilancia Interior: Se puede dividir en dos el servicio de vigilancia V-1 Y Servicio de vigilancia v-2 . Este último se encarga de funciones de comunicaciones, paquetes, etc. El servicio de vigilancia V-1 realizan funciones específicas de seguridad y vigilancia, participando activamente en tareas de reeducación y resinserción social de detenidos presos y penados.

2. Oficinas: Principalmente realizan tareas administrativas .

3. Área Mixta: Se realizan tareas en áreas de intervención, así que realizan tareas de vigilancia y control de internos, con actividades de tipo burocrático y administrativa, realizan tareas como servicios de vestuario, alimentación, economato…

Funciones:

A los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias les corresponde:

 

  • Velar por la conducta y disciplina de los internos Vigilar el aseo y limpieza de la población reclusa y de los locales .
  • Participar en las tareas reeducadoras y de rehabilitación de los internos, materializando las orientaciones de los Equipos Técnicos o Juntas de Tratamiento. Desarrollar las tareas administrativas de colaboración o trámite precisos.
  • Aportar al Equipo de Observación y Juntas de Tratamiento los datos obtenidos por observación directa del comportamiento de los internos.
  • Realizar las tareas de vigilancia y custodia interior en los establecimientos.
  • Cumplir las instrucciones que reciban de sus superiores y cualesquiera otras tareas que, en razón de su servicio específico.
  • Principalmente las podemos reducir en reeducación y reinserción social de detenidos presos y penados, Asistencia y ayuda a internos y liberados, así como su custodia.

Puestos de trabajo:

 

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

Requisitos para ser funcionario de prisiones

Proceso de selección de la oposiciones de ayudantes de prisiones

Sueldo de los funcionarios de  prisiones

Clasificación centros penitenciarios

Jefe de Servicios de Prisiones

 

JEFE DE SERVICIOS DE PRISIONES

FUNCIONES DEL JEFE DE SERVICIOS DE INSTITUCIONES PENITENCIARIAS

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, aunque también pueden ser del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Funciones:

Las funciones  y obligaciones específicas del Jefe de Servicios se regulan en el artículo 287 del Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981 y son las siguientes

  • 1.ª Despachar diariamente con el Director para informarle de la marcha de los servicios y de las novedades que hubiere y para recibir sus órdenes.
  • 2.ª Cuidar la disciplina general del Establecimiento y de que se realicen los servicios en la forma establecida.
  • 3.ª Estimular y orientar a los funcionarios que de él dependan en el cumplimiento de sus deberes, estudiar sus cualidades e informar al Director de su comportamiento.
  • 4.ª Procurar conocer personalmente a los internos e informar al Director sobre los mismos, y a otros superiores cuando lo soliciten.
  • 5.ª Visitar durante el servicio todos los locales del Establecimiento para cerciorarse de su estado de conservación, orden, limpieza y seguridad.
  • 6.ª Adoptar provisionalmente las medidas indispensables para mantener el orden y buen funcionamiento de los servicios regimentales, dando cuenta de ellas al Director.
  • 7.ª Mantener en lugar adecuado y debidamente controladas durante el día las llaves de los dormitorios y locales que no hayan de ser inmediatamente utilizados y, durante la noche, la de los departamentos interiores del Establecimiento.
  • 8.ª Organizar debidamente todos los actos colectivos y presidirlos cuando no asista un funcionario de superior cometido.
  • 9.ª Comprobar que los funcionarios que de él dependan realicen los recuentos, cacheos y requisas, así como las revistas e instalaciones, utensilio, vestuario y aseo de la población reclusa.
  • 10.ª Dirigir la oficina de la Jefatura de Servicios y activar sus trabajos.
  • 11.ª Asistir como Vocal miembro de la Junta de Régimen y Administración en el caso de que le corresponda, conforme a lo dispuesto en el artículo 262
  • 12.ª Cumplir cuantas tareas le encomiende el Director en relación con el servicio que le corresponde conforme a su categoría y cometidos.

 

 

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

 

 

 

 

Funcionario de Oficinas de prisiones

Funcionario de Oficinas de prisiones

Funcionario de oficinas de instituciones penitenciarias.

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias.

Tareas asignadas: recogidas en el Real Decreto 1201/1981 por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1981, conforme a la Disposición Transitoria 3ª del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario de 1996.

Los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, según la relación de puestos de trabajo de los establecimientos penitenciarios, pueden ocupar los puestos de:

Coordinador de Servicio Interior

Coordinador de Servicio Interior

Son funcionarios del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, aunque también pueden ser del Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

El contenido funcional de este  puesto de trabajo se establece en la Instrucción 7/2011 RR.HH. de 17 de junio de 2011.

La funcionalidad principal del puesto se refiere

–  coordinación de las actividades internas del centro penitenciario,

coordinación de las tareas y servicios de los funcionarios del area de vigilancia interior:

Y desempeñará las siguientes funciones:

a) Coordinar y controlar los movimientos de los internos conforme a los procedimientos indicados en la normativa interior del establecimiento, determinando los funcionarios que deban controlar los mismos; así como que todas las actividades diarias se encuentran operativas conforme a la programación establecida.
b)  Comprobar personalmente, iniciado el tumo de servicio, que los funcionarios asignados mediante el Libro de Servicios a cada una de las Unidades se han hecho cargo del mismo, proponiendo al Jefe de Servicios, en su caso, la modificación de los asignados.
c)  Autorizar la salida temporal de los funcionarios de servicio de las Unidades donde lo tienen asignado a otras Unidades, determinando, en su caso, su sustitución por otro funcionario e informando al Jefe de Servicios.
d) Apoyar al Jefe de Servicios, realizando o controlando las tareas y actividades que éste le encomiende.
e) Implementar las tareas atribuidas a la Oficina de Servicio Interior.
f)  Participar en los programas específicos que organice la Subdirección de Seguridad.
g) En general, cuantas funciones se deriven de la normativa penitenciaria o le encomienden el Jefe de Servicios y sus superiores jerárquicos, en función de su cargo y en el ámbito de su competencia profesional.

JORNADAS Y HORARIOS DE TRABAJO

Los funcionarios que ocupen estos puestos de trabajo realizarán turnos de trabajo de mañana y tarde, organizados durante todos los días de la semana, sin la realización de noches.

En consecuencia realizarán el horario que para los Servicio Interior-2 recoge la i 11/2006, de 12 de junio, reguladora de los horarios que son de aplicación en los servicios periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitencias.

También les será de aplicación el número de días de compensación de festivos a que tienen derecho en función del horario, de Servicio Interior-2 , que elijan en cada Centro Penitenciario, así como la forma de su disfrute.